La legislación actual «ordenanza del ayuntamiento de Madrid del 18 de junio del 2014 en el artículo 34», indica que es obligatoria la instalación de lámparas interlocutoras o lámparas para el control de insectos voladores homologadas.

Se han producido cambios en la legislación, que indican o consideran contrario a las mejores prácticas y a las normas de higiene alimentaria la utilización de insectocutores en áreas de preparación y almacenamiento de comida.

Las normativas de “Diligencia Debida” requieren que hoy en día se pueda demostrar y registrar que se han tomado todas las precauciones contra la contaminación que pudieran producir los insectos voladores.

Los aparatos que utilizan la tecnología de tablas adhesivas, permite que se pueda proveer un control de insectos voladores en áreas de alimentación. Y también estas tablas adhesivas sirven como registro de las capturas.

Los aparatos actuales son delgados, bonitos, fáciles de mantenimiento y sólo requieren de cambio de tablas cada 2 meses bajo circunstancias normales. Al no tener parrilla eléctrica son silenciosos, discretos e higiénicos, y capturan insectos de todos los tamaños incluyendo los más pequeños como la mosca del vinagre. Con las tablas adhesivas los insectos quedan sujetos. Esto significa que no existe peligro que los insectos resulten fragmentados y expulsados del aparato, lo que permite que sean utilizados más cerca de áreas delicadas.